jueves, 26 de septiembre de 2013

Nacionalidad y ciudadanía en una Catalunya independiente

Nacionalidad:
Es el vínculo que une a las personas con la nación.
Para que sea vínculo de derecho ha de existir primero ordenamiento jurídico que establezca dicho vínculo.
Previa o simultáneamente ha de existir un Estado.
Ciudadanía:
Es el estatus jurídico de plenitud que el hombre logra en un estado democrático y supone ostentar los derechos que otorga la nacionalidad, además de cualquier otro sin restricción.
Esto se ve claramente en los Estados Unidos, donde para ser Presidente tienes que tener la ciudadanía -haber nacido en el país- además de la nacionalidad.
Partiendo de la base que nacionalismo y realismo son cosas incompatibles, como sorber y soplar, que romanticismo y realismo no casan bien. La independencia de Catalunya deberá de ser sobre bases reales y no románticas.
Y las preguntas para ser realistas son:
¿Quien ostentará la ciudadanía Catalana en el nuevo Estado?
¿Quien tendrá la nacionalidad Catalana en el nuevo Estado?
¿Se podrá ser ciudadano Español y Catalán?
Juguemos a imaginar:
La independencia de Catalunya es una realidad y llega el momento de redactar y aprobar la nueva constitución.
El Parlament  hipernacionalista,  después de la declaración de independencia y con una renovación total de los lideres que rigieron el país hasta el momento, se plantea quienes son Catalanes:
.- "Ius soli" Son ciudadanos todos los que nacen en su territorio.
.- "Ius sanguinis" La ciudadanía se trasmite por la sangre, independientemente del lugar donde nazcan.
Ninguno de los supuestos servirá a buena parte de la población que hoy reside en Cataluya, que pueden ser declarados "no ciudadanos", como ocurrió con el 25% de la población báltica, después de la independencia que muchos de  ellos ayudaron a conseguir.
Los bálticos -Modelo de derechos humanos donde los haya-. establecieron que para ser ciudadano tu, tus padres o  tus abuelos debían de residir en el país antes de 1940.
Aquí podríamos hablar de 1939 para los dos supuestos.
El Estado Español tampoco tendrá la obligación de reconocerles la ciudadanía a muchos de ellos, pues tampoco pueden ser considerados españoles.
Es una tentación importante para un parlamento hipernacionalista, borrar la oposición de un plumazo.
Todo lo que digan los lideres -sino esta escrito y aprobado como ley fundamental- hasta ese momento carece de valor, pues pueden ser cambiados por sus partidos en cualquier momento.
Ciudadano fanatizado, ciudadano manipulado.
Y la pregunta que se hace uno es:
¿Se puede defender actuaciones que te privan de derechos fundamentales?
Y esto es una situación personal y cada uno debe conocer la suya y hacerse las siguientes preguntas:
¿Naciste en Cataluya de padres catalanes -los dos- y residían en Catalunya antes de 1939?
¿Tus hijos y nietos pueden responder afirmativamente a la pregunta anterior?
 Por suerte, tu decides.

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